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Aumenta un 23% el salario de las empleadas domésticas

Written By Cecilia Pinilla on martes, 22 de noviembre de 2011 | 6:19

En noviembre de 2009, el salario mínimo de una empleada doméstica que trabajaba ocho horas diarias con cama afuera subió $ 205. Y quienes trabajaban por hora, vieron subir el valor de la hora trabajada de $ 8,70 a $ 10,27. Aquel había sido el último aumento. A partir de este mes, el salario mínimo de las aproximadamente 300.000 empleadas domésticas –420.000 según el Ministerio de Trabajo– que están registradas subirá un 23%: el porcentaje significa un aumento de $ 310 para quienes trabajan 8 horas.
La tabla con los nuevos sueldos mínimos, publicada ayer en el Boletín Oficial, establece que el personal “con retiro” (con cama afuera) que trabaja 8 horas diarias no deberá cobrar menos de $ 1.657,50. Desde hace un año, ese salario era de $ 1.347,56. Las horas de “excedencia” también se adecuarán: ascenderán a 12,55 pesos.
Las empleadas por hora verán subir el valor de la hora de trabajo de aquel $ 10,27 a $ 12,63. El aumento no sólo regirá para el personal que cumpla una jornada laboral de ocho horas. Quienes trabajen en una casa de familia como máximo cuatro horas por día pasarán de cobrar un mínimo de $ 673,78 a uno de 828,75 pesos.
¿Esto significa que los empleadores deberán pagar más contribuciones? Por ahora no. Quienes “blanquearon” a sus empleadas –se calcula que al menos 700.000 trabajan en negro– seguirán pagando los mismos $ 81,75 de contribuciones (siempre que trabajen más de 16 horas semanales) que abonan desde enero de 2009.
Cuando el personal trabaja menos horas por semana los aportes se reducen: si trabaja entre 6 y 12 horas semanales los aportes son de $ 20; si trabaja entre 12 y 16 horas, de $ 39. El monto que resta para llegar a los $ 81,75 puede ser completado por el trabajador o asumido voluntariamente por el empleador (la tabla se puede consultar en www.afip.gov.ar/blanco/#aportes). En todos los casos, el empleador puede deducir lo que le paga al trabajador doméstico como gasto en el Impuesto a las Ganancias.
El 23% de aumento en el sueldo mínimo también incluirá a otras categorías: institutrices, gobernantas, amas de llave, mayordomos y nurses que trabajen ocho horas con cama afuera pasarán a cobrar un mínimo de $ 2.037; quienes lo hagan con cama adentro, $ 2.271. Cocineros, mucama/os y niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares, cobrarán un piso de $ 1.891 y $ 2.107 cuando lo hagan “con cama adentro”. Y los cocineros, mucama/os y niñeras sin especialización, ayudantes, caseros y jardineras, pasarán a cobrar $1.847.

LA OIT APROBÓ EL PRIMER CONVENIO INTERNACIONAL SOBRE EL TRABAJO DOMÉSTICO, LO QUE REFRENDA SIN MÁS DILACIONES LA APROBACIÓN DE LA LEY EN NUESTRO PAÍS.

Written By Cecilia Pinilla on jueves, 21 de julio de 2011 | 11:57

Con la presencia de los 183 países miembros, la 100.a Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) de la OIT, que se desarrolló en Ginebra, Suiza definió adoptar el convenio Trabajo Decente para las trabajadoras domésticas y la recomendación a los fines de regular el trabajo doméstico remunerado.
En este sentido se reconocieron las condiciones específicas en que se efectúa el trabajo doméstico, la importancia y la urgencia de garantizar condiciones de trabajo decentes para las trabajadoras y trabajadores en todo el mundo. Como asimismo la adopción de medidas necesarias y cooperación por parte de los países miembros en la promoción de acciones e iniciativas que garanticen las condiciones de trabajo decentes para las trabajadoras y trabajadores del sector.
Esta decisión internacional refrenda aún más la urgente necesidad del tratamiento en particular y la aprobación de la ley para las trabajadoras en casas particulares que se encuentra en el Senado de la Nación.
OIT. Trabajo Doméstico

Aumento del Aporte de las Empleadas Domésticas

Written By Cecilia Pinilla on domingo, 3 de abril de 2011 | 13:18

A partir del mes de enero de 2011 fue aplicado el aumento del aporte de las empleadas domésticas a la cuota de salud, por lo que pasará de los actuales $ 46.75 a $ 60.-, un 28% que deben pagar las trabajadoras. Si bien el aporte impositivo no fue modificado y continua en $ 35.- y eleva el pago total de $ 81.75 a $ 95.- y el aumento general es del 16%, pero este impuesto es a cargo del empleador lo que hace que el incremento lo sufran los bolsillos de los empleados.
Por lo expuesto, a partir del 1º de enero de 2011, los aportes a la Seguridad Social de los Empelados Domésticos son:
HORAS TRABAJADAS SEMANALMENTE IMPORTE A PAGAR



Hasta Diciembre/10 Enero 2011



16 o más $81,75 $95,00




IMPORTE DE CADA CONCEPTO QUE SE PAGA
APORTESCONTRIBUCIONES
Hasta Diciembre/10Enero 2011Hasta Diciembre/10Enero 2011
$ 46.75$60,00$ 35,00$35,00

Ley de empleadas domésticas, media sanción

La Cámara de Diputados aprobó el 17 de marzo de 2011 el nuevo régimen para las . El proyecto, que fue girado al Senado, fue aprobado por unanimidad.
La iniciativa incluye vacaciones pagas, licencia por maternidad, aguinaldo e indemnización por despido, al equiparar los beneficios del personal doméstico con el del resto de los trabajadores en relación de dependencia.
Fue aprobada por 193 votos en el marco de la primera sesión del año de la cámara baja. Se trata de un proyecto que busca limitar la jornada laboral a 8 horas e incluye licencia por maternidad, jubilación y vacaciones para las empleadas de casas particulares.
De esta manera, las empleadas de casas particulares podrán gozar de una licencia de tres meses “comenzando 45 días antes del parto”, mientras que el pago del salario correrá por cuenta de la ANSES, como ocurre en cualquier otro trabajo en relación de dependencia, consignó Télam.
“La ley nos permite salir de un régimen semi feudal implementado por la dictadura en 1956 y entrar en un sistema de igualdad e inclusión social”, explicó el titular de la comisión de Legislación Laboral, el kirchnerista Héctor Recalde, al precisar los alcances de la norma, aprobada por unanimidad y sin debate.
Una vez que se convierta en ley el proyecto, el empleador podrá establecer una distribución desigual de las 48 horas de trabajo semanales pero sin que ninguna jornada exceda las 9 horas.
La norma establece además un descanso semanal mínimo de 35 horas, a partir del sábado entre las 13 y las 16, mientras que la cantidad de días de vacaciones también se va a equiparar a lo que establece la Ley de Contrato de Trabajo, con 14 días por año que van aumentando según la antigüedad.
 
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